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Prioridad nacional: una propuesta legítima y constitucional en el marco de la libertad política

Prioridad nacional: una propuesta legítima y constitucional en el marco de la libertad política

El reciente acuerdo de gobierno en comunidades como Extremadura y Aragón ha devuelto al primer plano un concepto que, a menudo, se analiza más desde la víscera política que desde el rigor jurídico: la prioridad nacional. Como jurista, entiendo que el debate público suele pecar de un simplismo que ignora la profundidad de nuestras instituciones y la libertad de actuación de los partidos políticos en democracia.

La legitimidad de la acción política y el anclaje constitucional

Debemos partir de un principio fundamental: los partidos políticos tienen la capacidad de formular líneas de actuación política que pueden ser acogidas como política de gobierno. La prioridad nacional no es una entelequia; es un principio de actuación que, aunque discutible en la arena política, tiene un claro anclaje tanto en la Constitución española como en las normas fundamentales de la Unión Europea.

A menudo se invoca de forma reflexiva el artículo 14 de la constitución para descalificar esta propuesta. Sin embargo, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha dejado claro que el principio de igualdad no prohíbe el trato diferenciado, sino únicamente aquel que sea arbitrario o carezca de justificación objetiva. Priorizar el arraigo no es excluir, sino establecer criterios de baremación basados en la trayectoria contributiva y el vínculo con el territorio.

El espejo de la discriminación positiva

La experiencia de la prioridad nacional enraíza en prácticas legales que encuentran un fundamento general en la discriminación positiva. Esta figura tiene ya múltiples manifestaciones en nuestro ordenamiento, como las denominadas leyes de género. Aunque estas leyes puedan ser objeto de crítica, es indiscutiblemente legítimo que un partido político las apoye y las plasme en textos legales. Bajo esa misma premisa, es igualmente legítimo proponer una discriminación positiva a favor del nacional o del residente con arraigo histórico.

Un acuerdo entre partidos exige cesiones y adaptaciones. Es probable que una formación no coincida al cien por cien con el concepto técnico de prioridad nacional, pero en el marco de una coalición, se entiende que se acepte la postura del socio si esta se mantiene dentro de los márgenes de la constitucionalidad. El ámbito de aplicación, en este caso, se circunscribe a las políticas autonómicas, donde la gestión de recursos propios permite establecer estos criterios de preferencia.

La lógica civilista: de la masía al estado

En el Derecho Civil, la priorización es una constante y una virtud. En los testamentos, el testador prioriza y elige: a veces favorece a un hijo sobre otros para garantizar la viabilidad de un proyecto o el cuidado de un patrimonio. El ejemplo del «hereu» en cataluña ha sido alabado por la historia y por los autores jurídicos como un motor de unidad de las masías y un factor de crecimiento económico al dejar las reglas claras.

Aquellos hijos que no eran herederos, los denominados «cavalers», podían y de hecho debían salir de casa para hacer fortuna. Priorizar al «hereu» no iba en contra de los demás hermanos, sino que establecía unas reglas de juego distintas para preservar el bien común. En la política pública ocurre lo mismo: priorizar no es un acto de hostilidad hacia el no priorizado, sino una asignación de recursos limitados en función de criterios de pertenencia y contribución previa al sistema.

El contexto europeo y la realidad democrática

No estamos ante una anomalía. Ejemplos en los países de la unión los tenemos y varios: desde la «préférence nationale» reformulada en Francia a través del arraigo, hasta los sistemas de baremación en vivienda pública de Austria o las condiciones de prestación en los países nórdicos. La vida política consiste en priorizar, elegir y asignar recursos. Tan legítima es una discriminación positiva a favor de un colectivo vulnerable como lo es la prioridad nacional a favor de quienes sostienen el sistema.

La idea final es que estamos en un país libre y democrático. Hasta que un Tribunal no sentencia contra una práctica concreta, las ideas no deben ser perseguidas ni estigmatizadas. El PP y VOX tienen el derecho constitucional a hacer sus propuestas y, si las urnas les otorgan el mandato, los ciudadanos están respaldando esos principios. Si en el futuro estas políticas no convencen, el propio pueblo, democráticamente, cambiará su apoyo. Mientras tanto, la libertad política debe prevalecer sobre el prejuicio.

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